En enero de 2025 el presidente Javier Milei dio un discurso en donde expresó que la figura legal del femicidio atenta contra la igualdad ante la ley. Por otro lado, el último informe publicado por el Observatorio “Ahora Que Si Nos Ven” destacó que en Argentina se comete un femicidio cada 36 horas. En lo que va de este año se cometieron 164 femicidios. Ante el avance de discursos negacionistas respecto a la perspectiva de género y la creciente violencia hacia mujeres y diversidades ¿Qué nos dice el concepto del femicidio? ¿Qué implicancias tiene una categoría jurídica en la construcción del sentido de una sociedad?

Cuando hablamos de femicidio, hablamos de la manifestación de violencia más extrema dentro del acervo de violencias que se ejercen sobre las mujeres: el asesinato. Sin embargo, la categoría no busca ser sólo un agravante penal a la hora de condenar un crimen, sino que busca nombrar y visibilizar una relación de desigualdad estructural. Eugenia Jiménez, abogada a cargo de la Defensoría de las Mujeres del Gobierno de la Provincia de Córdoba explica una categoría que, acusada de atentar contra la igualdad ante la ley, trasciende el ámbito jurídico y busca denominar una problemática social: “no es femicidio la muerte de cualquier mujer, lo son aquellos homicidios de mujeres en los que la conducta del criminal evidencia un fundamento misógino o sexista” (Fuente: https://comercioyjusticia.info/informacion-general/la-figura-del-femicidio-aspectos-tecnico-juridicos/) De esta manera, nombrar un hecho como un femicidio implica vislumbrar las relaciones de desigualdad, poder y violencia que existen entre hombres y mujeres, y que en muchos casos termina en muerte. 

En 2012, Argentina incorporó la figura del femicidio en el Código Penal. La ley 26791 introdujo un agravante al homicidio vinculado con la violencia por razones de género, aunque sin mencionarlo explícitamente como femicidio. (Fuente: https://comercioyjusticia.info/informacion-general/la-figura-del-femicidio-aspectos-tecnico-juridicos/) La norma también incluyó agravantes por crímenes cometidos por odio racial o religioso, los cuales nunca fueron acusados de vulnerar la igualdad ante la ley. 

Fernanda Bratti, integrante del Programa de Género y Diversidad de la Facultad de Ciencias de la Comunicación, expresó la importancia de enunciar una categoría como la de femicidio. Dijo: “Nombrar siempre hace visible una situación. Durante mucho tiempo, los asesinatos a mujeres e identidades feminizadas (travestis, trans) fueron relatados como crímenes pasionales, dramas familiares, problemas interpersonales.” Esas palabras esconden “una estructura de desigualdad, de jerarquías en torno a los géneros. Desde los feminismos, se propuso nombrarlos como femicidios para poner en evidencia que no se trataban de hechos aislados, sino que es una manifestación de la violencia extrema que es estructural y cultural y tiene que ver con un orden social de control patriarcal y con la forma en que se trata a las mujeres, cuerpos feminizados y disidencias en lo cotidiano.” 

Ante la interpretación errónea del término, Bratti manifestó:Algunos sectores sostienen que el femicidio rompe con la idea de igualdad. Pero en realidad la perspectiva de género no busca privilegios, busca igualdad. Y para que eso suceda hay que reconocer que no todas las personas partimos desde el mismo lugar. Históricamente las mujeres, las travestis, las personas trans y no binaries sufren violencias específicas, estructurales y culturales. Nombrar el femicidio es reconocer que existe una desigualdad previa que tiene que ser reparada. Lo mismo sucede con los delitos religiosos y raciales, donde se reconoce que una persona es asesinada por su identidad. En el caso del femicidio, es por su identidad de género.”  

Entonces ¿de qué forma un discurso judicial puede exponer una problemática social como lo es la violencia de género? Mariana Villarreal, becaria del Instituto de Estudios sobre Derecho, Justicia y Sociedad (IDEJUS, CONICET-UNC) explica que “reconocer víctimas de violencia de género construye ideas y representaciones sobre lo que se puede o no se puede hacer en la sociedad, más allá del castigo. Tiene una función pedagógica, ya que explica que la motivación de un crimen es por ser mujer” (Fuente: https://idejus.conicet.gov.ar/femicidio-la-figura-legal-que-ayuda-a-visibilizar-el-problema-de-violencia-de-genero/ ). De esta forma, la categoría busca evidenciar desigualdades estructurales no sólo en términos jurídicos, sino sociales. Esta utilización intencional del lenguaje es fundamental no solo para construir representaciones sociales, sino que abre las posibilidades a discusiones más profundas sobre problemáticas por violencia de género.

Los medios de comunicación actúan de forma similar: mediante determinadas formas de enunciar, van construyendo sentidos y poniendo en agenda temáticas que interpelan a la sociedad. Fernanda Bratti retoma el rol de la categoría femicidio a la hora de comunicar la violencia de género. Dijo:Es fundamental, la demanda a los medios es que se utilice la terminología. Nombrar la figura del femicidio o el trasvesticidio es asumir una responsabilidad ética que implica comunicar con respeto, sin morbo, sin espectacularización, sin culpar a la víctima, sin exponer sus cuerpos y vidas privadas.” En Argentina existe la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, que expone que la violencia contra las mujeres no solamente es física, sino que existe la simbólica, la mediática, la económica, la política. Bratti reflexiona sobre el rol fundamental de los medios y su responsabilidad en hacer un enfoque de estos crímenes de forma responsable y orientado en base a la ley. Expresa: “Los femicidios deben ser nombrados y cuidados con responsabilidad.”